⏳ El recurso de reconsideración se interpone dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de resultados (Art. 22 fr. VI del Reglamento SNII). Ver si mi caso tiene sustento →
Resultados SNII 2026 Ventana abierta

¿Su resultado fue No aprobado?

Tiene una sola oportunidad de responder, y el plazo corre en días hábiles. Antes de interponer el recurso, conviene saber si su expediente realmente tiene margen de reargumentación — o si su esfuerzo rinde más preparando la siguiente convocatoria.

¿Aún no confirma su resultado? Busque su nombre en el listado oficial →

Evaluamos con los Criterios Específicos DOF 22-abr-2026 y el Reglamento del SNII vigentes.

Índice de viabilidad
Ejemplo ilustrativo
Margen moderado
61%
solidez estimada del caso
Equivalencias del Art. 7 subcontabilizadas: 3 productos
Dirección de tesis no acreditada con acta en el expediente
Piso del Art. 19 no alcanzado — sin margen por esta vía
Estimación de la solidez del caso frente a los Criterios vigentes. No es una predicción del fallo de la Comisión Revisora.
Léelo antes de decidir

Interponer el recurso no es gratis en riesgo

Esto no lo decimos nosotros: está en el Reglamento del SNII. Son tres reglas que mucha gente descubre después de haber presentado.

Renuncia al resultado que ya obtuvo

"La interposición del recurso implica que las personas recurrentes renuncian al resultado que hubieren obtenido" (Art. 23 fr. I). Y en la misma fracción: no puede desistirse una vez presentado.

La comisión revisora puede darte un nivel inferior

La recomendación puede ser no otorgar el reconocimiento, otorgarlo en la categoría solicitada, o en una distinta, inferior o superior — porque se hace una evaluación integral de nuevo (Art. 23 fr. VI).

Es por única ocasión y la resolución es definitiva

La Convocatoria 2026 lo dice expresamente: el recurso se interpone por única ocasión, y lo que resuelva el Consejo General es definitivo e inapelable en la vía administrativa interna.

Cómo se lee esto según su caso. Si su resultado fue No aprobado, no tiene reconocimiento al cual renunciar: el riesgo de perder algo es bajo y la decisión gira sobre si su caso tiene sustento. Si en cambio le aprobaron en un nivel inferior al que solicitó, el riesgo es real y concreto — puede terminar con menos de lo que ya tiene. En ese escenario, medir antes de presentar deja de ser opcional.

Cómo le apoyamos

Primero mide, luego decide

El primer paso es gratuito a propósito: si su caso no tiene sustento, preferimos decírtelo antes de que gastes dinero y su única oportunidad.

Paso 1 · Gratis

Índice de viabilidad

$0 · entrega en 24 horas

Leemos su CVU y su Aviso de Resultados y le devolvemos una estimación de qué tan sólido es su caso, con las áreas concretas donde hay margen de reargumentación.

  • Índice de solidez del caso (0-100%)
  • Las 3 áreas de oportunidad más fuertes de su expediente
  • Señalamiento de los puntos sin margen por esta vía
  • Recomendación honesta: interponer o preparar la siguiente
  • No incluye redacción de argumentos
  • No incluye revisión de documentos probatorios

El índice se elabora con su CVU y su Aviso de Resultados, y asume que sus documentos probatorios son adecuados. Revisarlos uno por uno —donde suelen aparecer las inconsistencias que cuestan puntos— es parte del servicio completo.

Solicitar mi índice gratis
Paso 2 · Servicio completo

Apoyo en su solicitud de reconsideración

$3,500 MXN · entrega en 48 horas

Evaluación extensa de su solicitud y su CVU para encontrar todo el margen disponible, y la redacción del escrito que exige el Reglamento.

  • Análisis producto por producto de su expediente contra los Criterios
  • Reconteo de equivalencias del Art. 7 y verificación de pisos del Art. 19
  • Lectura crítica del dictamen que recibió, observación por observación
  • Revisión minuciosa de sus documentos probatorios, uno por uno
  • Borrador redactado de sus argumentos pormenorizados (Art. 23 fr. II)
  • Llamada 1:1 para decidir juntos si conviene presentar
Su respaldo

Si el resultado de su reconsideración no es favorable, le entregamos el análisis completo de su CVU y un roadmap personalizado a 12 meses con lo que debe reforzar para la siguiente convocatoria. El trabajo no se pierde: cambia de destino.

Solicitar el apoyo completo

El índice de viabilidad es una estimación de la solidez de su caso frente a los Criterios vigentes, elaborada por evaluadores con experiencia en el SNII. No es una probabilidad estadística ni una predicción del fallo: la resolución la emite el Consejo General a propuesta de la comisión revisora.

La regla que define todo

No se trata de agregar, sino de argumentar

"La reconsideración se llevará a cabo exclusivamente con base en los elementos que se hayan presentado con la solicitud" (Art. 23 fr. III). Su expediente ya está cerrado: lo que cambia es cómo se lee.

✓ Sí tiene margen
  • · Equivalencias del Art. 7 mal contabilizadas en su contra
  • · Productos presentados cuya trascendencia no quedó argumentada
  • · Encuadre de perfil (1 o 2) o de área que le perjudicó
  • · Elementos del expediente que el dictamen no ponderó
  • · Excepción de trayectoria notable (Art. 12), cuando aplica
✗ No se puede
  • · Agregar productos que no venían en la solicitud original
  • · Subir publicaciones posteriores al cierre de la convocatoria
  • · Corregir el CVU y volver a enviarlo
  • · Reconsiderar un resultado de Emérito (Art. 22 fr. VI)
  • · Presentar el recurso dos veces

Por eso el trabajo es de lectura fina y argumentación jurídica-académica sobre lo ya entregado. Si su expediente no alcanza los pisos del Art. 19, ninguna redacción lo resuelve — y se lo diremos en el índice gratuito, antes de cobrarle.

Solicitar apoyo

Empecemos por su expediente

Déjanos sus datos y cuéntenos qué resultado obtuvo. Si elige el índice gratuito, lo recibe en 24 horas. Los documentos puede subirlos ahora o enviarlos después por correo.

1. Datos de contacto

Con el plazo corriendo, el teléfono acelera mucho el contacto.

2. Su resultado en la convocatoria 2026
3. Qué necesita
4. Sus documentos (opcionales — si no los tiene a la mano, los puede enviar por correo después)

Para el análisis necesitamos su CVU y su Aviso de Resultados. Si los tiene ahora, súbalos y terminamos en un paso. Si no, envíe el formulario igual: le llega un correo de confirmación y nos los mandas respondiéndolo.

PDF o DOCX, máximo 10 MB. El mismo con el que postuló.

El dictamen donde aparece su resultado. Es el que dice qué le observó la Comisión Dictaminadora, así que es el que más precisión le da al análisis.

Entre más contexto nos des, más preciso es el índice.

Aviso de Privacidad (resumen): el INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO, INNOVACIÓN Y SUSTENTABILIDAD EMPRESARIAL A.C. es el responsable del tratamiento de sus datos personales. No se comparten con terceros y se conservan hasta 30 días. Puede ejercer derechos ARCO en contacto@desarrollaelpotencial.com. Ver aviso integral ↗

Este servicio no está afiliado a SECIHTI. El recurso lo presenta usted, por el mecanismo que indique su Aviso de Resultados.

Preguntas frecuentes

Sobre la reconsideración

¿Cuánto tiempo tengo exactamente?

El Reglamento marca quince días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados (Art. 22 fr. VI). Son días hábiles, no naturales, y el mecanismo exacto para presentarlo se indica en el Aviso de Resultados (Art. 23 fr. I). Confirme su fecha límite en ese documento — es la fuente oficial y manda sobre cualquier otra referencia.

¿Puedo agregar productos nuevos a mi expediente?

No. "La reconsideración se llevará a cabo exclusivamente con base en los elementos que se hayan presentado con la solicitud" (Art. 23 fr. III). Todo el trabajo consiste en argumentar mejor lo que ya entregó: reconteo de equivalencias, trascendencia no acreditada, encuadre de perfil y área, elementos que el dictamen no ponderó.

¿Puedo perder el nivel que ya me dieron?

Sí, y es la razón principal para medir antes de presentar. Interponer el recurso implica que renuncia al resultado obtenido y no puede desistirse (Art. 23 fr. I), y la comisión revisora puede recomendar otorgar el reconocimiento en una categoría inferior a la solicitada (Art. 23 fr. VI). Si su resultado fue No aprobado no hay nivel que perder; si le aprobaron en un nivel menor al que pidió, el riesgo es real.

¿Ustedes presentan el recurso por mí?

No. El recurso lo presenta usted, por el mecanismo que indique su Aviso de Resultados. Nosotros hacemos el análisis del expediente y le entregamos el borrador redactado de los argumentos pormenorizados que exige el Art. 23 fr. II, listo para que lo revise, lo haga suyo y lo presentes.

¿Qué pasa si al final la reconsideración no procede?

Le entregamos el análisis completo de su CVU junto con un roadmap personalizado a 12 meses: qué producir, en qué orden y cómo documentarlo para llegar competitivo a la siguiente convocatoria. El diagnóstico que hicimos de su expediente sigue siendo válido y se convierte en su plan de trabajo.

¿El índice de viabilidad es una probabilidad real de que me aprueben?

No, y preferimos ser explícitos. Es una estimación de qué tan sólido es su caso frente a los Criterios vigentes, hecha por evaluadores que conocen el proceso. Nadie fuera de la comisión revisora puede anticipar su resolución. Lo que sí le dice el índice, con precisión, es dónde tiene margen su expediente y dónde no lo tiene.

Soy Emérito, ¿puedo reconsiderar?

No. El Art. 22 fr. VI excluye expresamente las resoluciones para el otorgamiento del reconocimiento de Investigadora o Investigador Nacional Emérito: son definitivas e inapelables.